REQUISITOS PARA LA CONVOCATORIA 2023-A RENOVACIÓN DE BECA
Para acceder a la beca otorgada por este programa, el aspirante deberá cumplir y/o presentar los siguientes requisitos:
- Tener su domicilio permanente en Barrancabermeja.
- Debe encontrarse nivelado en el semestre a cursar; no debe haber perdido ni cancelado materias en el último semestre cursado y deben estar nivelados.
- El promedio académico del último semestre debe ser igual o superior a 3,5.
- No debe recibir otro beneficio de Beca con cualquier otra entidad para el programa académico.
- Los créditos o materias que el beneficiario haya matriculado para el segundo semestre del 2022, deberán ser las mismas materias o créditos aprobados al finalizar el semestre, como condición para mantener la beca.
PARAGRAFO PRIMERO:
- En caso de enfermedad, caso fortuito o fuerza mayor del estudiante becado, deberá informar a la Secretaria de Educación – programa de Becas, la situación acaecida con los soportes correspondientes.
- En caso se enfermedad deberá presentar la incapacidad o certificación expedido por la EPS, en cada caso particular se someterá a decisión del comité del área de Becas de la Secretaria de Educación quien determinará si la causal hace parte o no de una deserción y/o abandono del programa de estudio, perdiendo el beneficio de la beca.
- En caso de que exista caso fortuito o fuerza mayor, el beneficiario deberá demostrar, a juicio del comité, suficiente causa, a fin de determinar si continua o no con el beneficio de la beca. Si se determina que fue un abandono y/o pérdida y/o deserción, no podrá postularse a una siguiente convocatoria. Igualmente deberá realizar el trámite correspondiente en el reglamento estudiantil o documento similar de la institución educativa para la cancelación total del semestre. No se aceptarán cancelaciones parciales de materias.
- En caso de que el comité decida que el estudiante puede continuar con el beneficio en el semestre siguiente, el estudiante deberá postularse para renovación en la próxima convocatoria y la institución deberá reintegrar el recurso en caso de ya haber sido aportado por parte del DISTRITO.
Número de visitas a esta página 12914
Fecha de publicación 16/12/2022 12:00 am
Última modificación 29/12/2022 01:06 pm