Este lunes 2 de agosto los niños, niñas y adolescentes de los colegios públicos y privados retornan a clases presenciales, bajo medidas de aforo y bioseguridad
En Barrancabermeja el regreso a clases presenciales tiene aseguradas todas las garantías de bienestar, bioseguridad y cuidado de la vida. El retorno será gradual, seguro y progresivo a partir de este lunes, 2 de agosto en las instituciones educativas oficiales, privadas e institutos de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano (ETDH).
Así lo anunció el Secretario Distrital de Educación, Omar Ernesto Prada Rueda, al referirse a la circular No. 099 del 30 de julio de 2021 en la que el Gobierno Nacional consigna los lineamientos y orientaciones para la prestación del servicio educativo de manera presencial.
“Desde que inició la pandemia venimos trabajando con todo el proceso de alternancia educativa. Iniciamos primero con el proceso de adecuación, mantenimiento y dotación de todas las instituciones educativas de los elementos necesarios para proteger a los niños y a los docentes. (En este momento) Las condiciones epidemiológicas del Distrito mejoraron, estamos por debajo del 85% de ocupación de camas UCI como lo establece el Gobierno Nacional a través del Decreto 580, nos encontramos en un 71% de ocupación de camas UCI, eso significa que podemos retornar a la presencialidad”, explicó el Secretario Distrital de Educación.
Prada Rueda indicó que más de $800 millones ha invertido el Distrito en el mantenimiento y mejoramiento de las instituciones, para garantizar a la comunidad educativa del Puerto Petrolero el regreso seguro a clases presenciales.
Un estimado de 12 mil estudiantes de colegios oficiales, retornarán a la presencialidad académica
Entre el 30% y el 40% de los 42.600 educandos del sector oficial volverá a la presencialidad, teniendo en cuenta que se deben acatar las medidas de aforo y bioseguridad establecidos, esto quiere decir que por lo menos 12.000 niños, niñas y jóvenes retornarán a los salones de clase, sin embargo “no es una obligación, los padres de familia deciden si envían a sus hijos a las aulas”, dijo el titular de la cartera de Educación.
De acuerdo a lo anterior, cabe aclarar que habrá clases presenciales y virtuales con comunicación directa entre alumnos, docentes y directivos, a través de la construcción e implementación de los modelos pedagógicos a cargo de los colegios, los cuales deben reportar a la Secretaría de Educación.
Habrá vigilancia epidemiológica con pruebas PCR
El Gobierno Distrital dispuso que la Empresa Social del Estado Barrancabermeja, Eseb, y la Secretaría Distrital de Salud, realicen jornadas de testeo y vigilancia epidemiológica permanente, para identificar posibles casos de Covid-19. “Estas dos entidades con el apoyo de la Secretaría de Educación estarán realizando pruebas PCR a los estudiantes, pero selectivamente en las instituciones educativas, para que con base en los resultados podamos determinar las condiciones de salud”, señaló el titular de la cartera educativa del Distrito.
El Secretario de Educación informó que el 75% de los docentes ya están vacunados, y que el 70% del personal administrativo de todas las instituciones educativas del Distrito también lo está, algo muy importante para lograr la inmunización de rebaño en el sector. “Invito a los demás docentes y administrativos a que por favor se vacunen, para llegar al 100% de inmunización”.
En cuanto a los protocolos de bioseguridad señaló que “en los salones habrá el debido distanciamiento (de un metro entre niño y niño), es decir que en aulas en las que teníamos 40 niños, vamos a pasar a tener 18 o 20 niños. Tanto estudiantes, como docentes, lo mismo que el personal administrativo y de apoyo, están comprometidos a usar permanentemente el tapabocas”.
Generalidades
Para el retorno a sus actividades académicas y laborales los directivos docentes, docentes, personal administrativo y personal de apoyo deberán tener en cuenta las siguientes disposiciones:
- Haber cumplido con el esquema completo de vacunación
- Los que en ejercicio de su autonomía hayan decidido no vacunarse, independientemente de su edad o condición de comorbilidad, retornarán acatando estrictamente las medidas de protección cumpliendo con los protocolos de bioseguridad implementados por los establecimientos educativos.
- El docente, directivo docente, personal administrativo y de apoyo, deberá notificar por escrito al rector o director del establecimiento educativo, el no retorno a actividades académicas o laborales, soportando las evidencias físicas por haber sido diagnosticado positivo en Covid-19, y se encuentre dentro del periodo para la aplicación del esquema completo de vacunación que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Los directivos docentes, docentes, personal administrativo, personal de apoyo y estudiantes de los colegios oficiales, privados y ETDH, deberán cumplir estrictamente las medidas de protección de conformidad con los protocolos de bioseguridad implementados por los establecimientos educativos, tales como: medidas de autocuidado, cuidado de la salud mental, lavado e higiene de manos, distanciamiento físico, uso de tapabocas, ventilación adecuada, limpieza y desinfección, manejo de residuos.
- Durante la prestación del servicio educativo de manera presencial, se deberá seguir la estrategia de cohorte o ‘burbuja’, para servicios de educación inicial y establecimientos educativos, que se refiere a identificar y conformar grupos fijos de niños, niñas y adolescentes que permanezcan juntos a lo largo del día, manteniendo el distanciamiento físico, para permitir los procesos de vigilancia epidemiológica sin que sea necesario el cierre del servicio de educación inicial o del establecimiento educativo, cuando se detecten casos de Covid-19.
- Los estudiantes de los establecimientos educativos retornarán presencialmente a clases cuando los padres de familia o acudiente del estudiante den su consentimiento escrito para el retorno a las clases presenciales.
- Cuando la entidad territorial y/o la institución educativa afronten una situación epidemiológica que amerite la suspensión temporal y provisional de las actividades académicas presenciales, se emitirá acto administrativo donde la autoridad territorial competente deberá contemplar los niveles de ocupación de las UCI, la expansión de la pandemia, y demás indicadores epidemiológicos, de conformidad con la normatividad vigente para tal fin, expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social y/o del Gobierno Nacional al respecto.
- La Secretaría de Educación Distrital, de conformidad a lo establecido en la Circular Externa No. 009 del 15 de junio de 2021 emitida por la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar, expedirá acto administrativo orientando a los establecimientos educativos oficiales la modalidad del servicio de alimentación escolar de manera presencial.
- El servicio de transporte escolar se prestará en cumplimiento a lo establecido en la sentencia T-434 de 2018, siendo obligatorio el uso del tapabocas. Cada establecimiento educativo debe promover la apertura de ventanas de forma permanente en los vehículos que lo permitan, y en los que no sea posible, activar los sistemas de aire acondicionado en modo no recirculación de aire.
Fecha de publicación 31/07/2021
Última modificación 31/07/2021