AVISO IMPORTANTE PARA LOS CONTRIBUYENTES
Apreciado ciudadano y contribuyente:
En la Alcaldía de Barrancabermeja estamos implementando una serie de cambios con el fin de mejorar la gestión tributaria y el servicio al ciudadano y contribuyente. Por lo anterior, rogamos que lea atentamente la siguiente información:
Impuesto Predial Unificado:
Los ciudadanos podrán pagar el impuesto predial unificado a partir del 20 de enero del presente año. Ahora, con el número de cédula, el contribuyente también podrá obtener su recibo de pago. Por favor, revise atentamente la información del recibo.
Los contribuyentes tendrán hasta el 28 de febrero del 2025 para gozar del descuento por pronto pago del 8% y del 15%. Este beneficio aplicará únicamente para predios habitacionales.
A partir del 2025, el vencimiento del impuesto predial unificado será el 30 de abril de 2025. Desde el 1 de mayo de 2025 se causarán intereses de mora.
Los contribuyentes que tengan predios cuyo avalúo catastral no supere el valor de $995.980.000 podrán pagar el impuesto predial unificado en cuotas mensuales. Si paga estas cuotas cumplidamente antes de que acabe cada mes, no deberán liquidar intereses de mora. Para acogerse a este sistema deberán acercarse a las oficinas de la Secretaría de Hacienda a partir del 27 de enero de 2025.
Impuesto de Industria y Comercio:
Durante el día de hoy o mañana, 14 o 15 de enero de 2024, la administración distrital declarará una contingencia para la declaración de las retenciones y autorretenciones del impuesto de industria y comercio de diciembre de 2024. Por lo anterior, los contribuyentes cuyo vencimiento sea el 15, 16 o 17 de enero del 2025 tendrán hasta el 20 de enero de 2025 para presentar esta declaración y realizar el pago sin que se causen sanciones e intereses moratorios.
Las tarifas del impuesto de industria y comercio fueron actualizadas. Por lo anterior, los invitamos a consultar las nuevas tarifas y a tenerlas en cuenta al momento de practicar las retenciones desde enero de 2025.
De igual forma, se modificó la forma de liquidar el anticipo del impuesto de industria y comercio. Siendo una norma para garantizar el efectivo recaudo y no una norma que regula los elementos sustanciales del tributo, el contribuyente deberá tener en cuenta este nuevo cálculo en su declaración del impuesto de industria y comercio del 2024.
El vencimiento de la declaración del impuesto de industria y comercio del 2024 será el 31 de marzo de 2025. A partir de la fecha, se informa con suficiente antelación que la declaración del impuesto de industria y comercio del 2025 vencerá el 28 de febrero de 2026.
En relación con la información exógena tributaria, la administración distrital se encuentra estudiando algunas mejoras, motivo por el cual el vencimiento y las condiciones en que deberá suministrarse esta información será informada más adelante.)