RESTRICCIÓN DE PARRILLERO HOMBRE Y TOQUE DE QUEDA A MENORES DE EDAD EMPIEZA A REGIR HOY, 21 DE FEBRERO
Se prohíbe a partir de la fecha la circulación de motocicleta, motocarros y mototriciclos que utilicen acompañante o parrillero hombre, en el horario comprendido entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m. del día siguiente, de lunes a domingo; y, toque de queda para menores de edad, quienes no podrán circular por las calles de la ciudad o estar en lugares abiertos al público sin un adulto responsable, entre las 10:30 p.m. y las 4:30 a.m. del día siguiente. Así quedó establecido en el Decreto 067, que rige a partir de hoy, como medidas transitorias para garantizar el orden público, la convivencia y la seguridad ciudadana en el Distrito especial de Barrancabermeja.
La etapa de socialización a la comunidad ya se cumplió, por lo que la etapa sancionatoria inicia este viernes, 21 de febrero. La prohibición de parrillero tendrá una vigencia de dos meses y la menores en espacio público seis meses, con el fin de garantizar la seguridad de los jóvenes y prevenir situaciones que puedan poner en riesgo su integridad, así como la de otros ciudadanos y contribuir a la prevención en general de hechos delictivos
Las autoridades de Policía y el personal de la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja serán las encargadas de velar por el cumplimiento de este decreto. Se realizarán operativos de control durante las horas establecidas, con el objetivo de garantizar que las nuevas normativas sean respetadas por la comunidad.
La implementación de estas decisiones forma parte de un esfuerzo conjunto para reducir los índices de criminalidad y mejorar la seguridad en las calles de la ciudad, incluyendo la zona rural. Así lo explicó Eduardo Ramírez Alipio, subsecretario de Seguridad Ciudadana, quien aseguró que “estas medidas buscan garantizar el bienestar para las familias barranqueñas y dotar de herramientas a nuestra fuerza pública y las autoridades, para que entre todos podamos hacerles frente a las situaciones de seguridad que nos vienen aquejando”.
Cualquier infracción a lo dispuesto en el presente Decreto dará lugar a la imposición de las sanciones establecidas en la Ley 1801 de 2016 – Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, la Ley 769 de 2002 – Código Nacional de Tránsito Terrestre, la Ley 1098 de 2006 – Código de la Infancia y la Adolescencia, y demás normas que sean aplicables. Sin embargo, el documento contempla algunas excepciones a ciudadanos en el buen uso de sus funciones como la Misión Médica, funcionarios público, Fuerza Pública, vigilantes, periodistas, organismos de socorro, agentes del INPEC, Las personas que demuestren su condición de estudiantes en instituciones educativas formalmente acreditadas por el Ministerio de Educación Nacional, ya sea presentando carné estudiantil, un documento que cumpla la misma función o una prueba sumaria pertinente, entre otras.
Desde el Gobierno Distrital se hace un llamado a la ciudadanía para que acate estas disposiciones y colabore con el orden establecido. La cooperación de todos es esencial para asegurar que nuestra ciudad sea un lugar más seguro. Para más detalles sobre el decreto, se invita a los ciudadanos a contactar con las autoridades locales o consultar los canales oficiales de la Alcaldía Distrital y la Inspección de Tránsito y Transporte. ¡En Barrancabermeja, la Seguridad Nos Une!