Alcaldía Distrital de Barrancabermeja

Secretaría Distrital de Salud

Andrés Javier Manosalva Camargo

Andrés Javier Manosalva Camargo

Funcionario Responsable

Secretario Distrital de Salud

Correo: andres.manosalva@barrancabermeja.gov.co

Funciones:

  1. Dirigir, formular y adoptar políticas, planes, programas y proyectos del sector salud, de acuerdo a los lineamientos realizados por los entes de orden Nacional, Departamental y Local.
     
  2. Inspeccionar, vigilar y organizar la prestación de los servicios de salud en el Distrito.
     
  3. Coordinar y vigilar los diferentes actores que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud y dar cumplimiento a las políticas y normas nacionales y seccionales, que garantizan el desarrollo armónico de los planes y programas del nivel distrital.
     
  4. Adelantar la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, normas y proyectos para el desarrollo del Sistema de Seguridad Social en Salud.
     
  5. Administrar y ordenar el gasto del Fondo Local de Salud y programar, controlar y vigilar en el Distrito de Barrancabermeja, la distribución de los recursos recaudados para el sector salud de acuerdo con el marco normativo vigente.
     
  6. Cumplir y hacer cumplir las normas técnicas dictadas por el Ministerio de Salud y Protección Social para la construcción de obras civiles, dotaciones básicas y mantenimiento integral de las instituciones del primer nivel de atención en el Distrito.
     
  7. Planear, ejecutar y controlar los gastos y recursos de la Secretaría Distrital de Salud y velar por la adecuada utilización de los mismos.
     
  8. Adelantar la formulación, desarrollo y seguimiento de las acciones del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas – PIC para el Distrito de Barrancabermeja.
     
  9. Planear, ejecutar y controlar actividades para la afiliación al Régimen Subsidiado de Seguridad Social en Salud, de la población vulnerable del Distrito de Barrancabermeja.
     
  10. Vigilar, coordinar y controlar el sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes a través de la estrategia SEM – CRUE.
     
  11. Coordinar acciones de vigilancia en salud pública e implementar acciones de control a factores de riesgo.
     
  12. Garantizar el cumplimiento de las Rutas Integrales de Atención en Salud según lineamientos técnicos y normativos vigentes.
     
  13. Las demás funciones que le asigne la ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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Fecha de publicación 19/10/2020
Última modificación 09/05/2025