Oficina de Control Interno Disciplinario
María Angélica Castilla Olivella
Funcionario Responsable
Directora de Control Interno Disciplinario
Funciones:
- Adelantar la indagación preliminar, la investigación formal y fallo de primera instancia respecto de los procesos disciplinarios contra funcionarios de la Alcaldía, con excepción del señor Alcalde, Secretarios de Despacho y Jefes de Oficinas Asesoras, según la Ley 136 de 1994, Ley 734 del 2002 y Decreto 262 del 2000, la segunda instancia será competencia del nominador, salvo disposición legal en contrario.
- Elaborar las Resoluciones sancionatorias o absolutorias que se deriven de los procesos disciplinarios.
- Remitir al Despacho del Alcalde los recursos de apelación que se presenten contra las Resoluciones sancionatorias o inhibitorias para que se agote la segunda instancia.
- Velar por los recursos humanos y físicos a su cargo.
- Recopilar y mantener actualizada las normas legales relacionadas con el Control Disciplinario Interno.
- Atender y dar trámite a las peticiones y reclamos que se presenten sobre funcionarios de la Entidad.
- Rendir los informes que se requieran con base en los resultados y observaciones contenidas en los documentos de trabajo.
- Firmar la correspondencia oficial de carácter externo que deba efectuar el Municipio en relación con las funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno.
- Notificar los autos y fallos que se profieran dentro de los procesos disciplinarios adelantados contra los funcionarios de la Administración Central.
- Dar cumplimiento riguroso a los trámites legales, los términos, notificaciones y ejecutoria de las providencias que señale el Código Disciplinario Único.
- Velar por el trámite oportuno y adecuado de las peticiones y solicitudes de investigación que lleguen a la Alcaldía Municipal.
- Enviar las Resoluciones sancionatorias, debidamente ejecutoriadas a la Secretaria General del Municipio para lo de su competencia.
- Enviar a la Procuraduría General de la Nación, a la Personería Municipal y al Concejo Municipal informe de las investigaciones iniciadas a los funcionarios, debidamente firmadas por el Director Técnico de la Oficina de Control Disciplinario Interno.
- Registrar las sanciones impuestas a los servidores públicos dentro de los procesos disciplinarios por faltas leves en primera o segunda instancia, para lo cual se efectuará anotación a la hoja de vida, y en el libro especial que para tal efecto debe llevarse.
- Ejercer el autocontrol de las funciones asignadas, buscando la calidad en la prestación del servicio.
- Ejercer las demás funciones asignadas por el superior Inmediato, de acuerdo con el nivel, naturaleza y el área de desempeño del empleo y con la profesión del titular del cargo.
Fecha de publicación 19/10/2020
Última modificación 09/01/2024