EN UN PLAZO MÁXIMO DE 8 DÍAS SE EXPIDEN LOS CERTIFICADOS DE RESIDENCIA EN EL DISTRITO
El secretario del Interior, Harold Villabona Isidro, explicó que para la expedición del Certificado de Residencia los ciudadanos deben diligenciar el formato de registro en la página web www.barrancabermeja.gov.co , cuya información se verifica por medio de tres vías:
Censo Electoral, libro de Junta de Acción Comunal y Sisbén. Desde la alcaldía de Barrancabermeja se revisa acuciosamente para responder de forma asertiva a todas las solicitudes de Certificado Territorial, explicó el secretario del Interior, y señaló que aunque la norma indica que para la entrega del Certificado de Residencia se contempla un plazo de 15 días hábiles, el Gobierno distrital en el
término de 8 días está emitiendo la respuesta a los usuarios o solicitantes. Aclaró que para la expedición de este documento se tiene en cuenta el decreto 1158 del 2019 emitido por el Gobierno nacional, por medio del cual se rigen todas las alcaldías del país para su implementación, siguiendo las recomendaciones y el procedimiento formal del paso a paso para certificar la residencia.
Villabona Isidro reiteró la invitación a los ciudadanos, para que en caso de presentar inconvenientes o requerir asesoría, la Secretaría del Interior cuenta con un equipo de profesionales capacitados debidamente para ofrecer un buen servicio y así agilizar los trámites para la expedición del Certificado de Residencia.
Fecha de publicación 14/02/2024
Última modificación 14/02/2024