Impuesto a la publicidad visual exterior
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PresencialDependencia:
Secretaría de Hacienda y Tesoro
Declaración y pago del impuesto por la instalación y exhibición de toda publicidad exterior visual o medio masivo de comunicación destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas.
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Impuestos
Tiempo de respuesta: (5) cinco días hábiles
Requiere Pago: Si
Costo:
Dependiendo del área del aviso se liquida un porcentaje del Avalúo