Cancelación de la personería jurídica de las organizaciones comunales de primero y segundo grado
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Trámite
PresencialDependencia:
Secretaría del Interior
Descripción:
Cancelación del reconocimiento legal que se impone a una organización comunal por violación de las normas legales y estatutarias o por disolución de la organización.
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Público
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Temática
Juntas comunales
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Tiempo de respuesta: Quince (15) días hábiles.
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Requiere Pago: No
Costo:
No requiere pago
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