Reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal de primero y segundo grado

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Trámite

Presencial

Dependencia:

Secretaría del Interior

Descripción:

Acreditar a las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociaciones de Juntas de Acción Comunal como organizaciones sin ánimo de lucro, con capacidad suficiente para contraer obligaciones, ejercer derechos y realizar actividades en beneficio de la comunidad que representan.

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Dirigido a
Público
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Temática
  • Inscripción

  • Juntas comunales



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Tiempo de respuesta: Quince (15) días hábiles.

Pagos

Requiere Pago: No

Costo:

No requiere pago

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